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¿Quiénes pueden ser cargas en tu plan de Salud?

¿Conocer tu plan de salud? El bienestar de la familia y los seres queridos es una prioridad en la vida de todos. La capacidad de atender eventualidades sufridas en el ámbito de la salud es una necesidad primordial.

Los trabajadores (dependientes o independientes) suelen afiliar a sus planes de salud a los familiares que dependen económicamente de ellos, para asegurar que cuenten con atención médica en caso de cualquier emergencia.

En Chile, la manera de hacer esto es incluir a esas personas como cargas legales a la cobertura del plan de salud con el que se cuente, ya sea en Fonasa como en Isapres.

De ahí que es importante saber qué es una carga médica y cuáles son los requisitos y elementos que tomar en consideración para agregar cargas a un plan de salud.

Cargas legales y médicas

Una carga legal, es aquel individuo que posee los requisitos para inscribirse en el seguro,  asociado a un titular que cotiza. En Fonasa no hay un límite de cargas legales, pero si ciertas restricciones como la imposibilidad de afiliar a un conviviente sin vínculo legal.

En cambio, una carga médica, es cualquier persona que el cotizante incluya como beneficiario de su plan de salud, pero que no cumple con los requisitos para ser carga legal. Las Isapres pueden integrar a convivientes como carga médica, por ejemplo, aunque tienen la potestad de aceptar o rechazar la incorporación de una carga médica de su afiliado.

¿Quiénes pueden ser carga en tu plan de salud?

Según la Superintendencia de Salud, pueden ser cargas Isapre quienes cumplan con los requisitos establecidos en la ley para ser causantes de asignación familiar:

  • La cónyuge. En el caso de Fonasa se exige vínculo legal para asumir este rol, por lo que la conviviente no puede ser incorporada como carga.
  • El cónyuge puede ser carga solo en caso de invalidez.
  • Los hijos hasta los 18 años o hasta los 24 en caso de que sean solteros y estudien en instituciones reconocidas por el Estado.
  • La madre viuda, o cualquiera de los padres si son mayores de 65 años.
  • Los nietos y bisnietos huérfanos o abandonados por sus padres.
  • Los hijos inválidos a cualquier edad.

Como requisito común: la carga legal debe vivir a expensas del beneficiario y sus ingresos no pueden ser iguales o superiores al 50% del salario mínimo.

¿Tienen el mismo plan de salud que el cotizante?

Sí, las cargas legales tienen derecho a los mismos beneficios que tiene el cotizante en su plan de salud, es decir, las bonificaciones para las prestaciones ambulatorias, hospitalarias, entre otras.

¿Y los recién nacidos?

Los padres pueden inscribir a sus hijos por nacer como cargas Isapre desde el séptimo mes del embarazo, y estos tendrán derecho a los beneficios desde el día de su nacimiento.

Para inscribir a su hijo en Fonasa o la Isapre correspondiente los padres deben seguir el procedimiento establecido por la Superintendencia de Salud.

¿Cómo se realiza la incorporación?

El cotizante debe acercarse a la oficina Isapre, según corresponda, y entregar los recaudos para incorporar a la persona como carga legal o médica.

Las Isapres tienen los mismos requerimientos para agregar cargas legales que Fonasa, aunque es preferible que el interesado consulte la página web de la institución o se contacte con un ejecutivo, para conocer en detalle los pasos a seguir.

Añadir las cargas legales o médicas a sus planes de salud permite a las personas estar más tranquilas al saber que sus seres queridos están protegidos ante cualquier eventualidad y gozan de los mismos beneficios que ellos definieron en su plan de salud.

 

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