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5 cosas que debes saber sobre las Tasas de Interés Corriente y Máxima Convencional

Tomar la decisión de contratar un crédito, más allá del tipo que éste sea, conlleva ponderar una gama de variables que pueden tornar a éste en un proceso engorroso. Una amplia lista de oferentes, cada uno con diferentes términos y condiciones, evaluaciones comerciales y variados tecnicismos son algunos de los aspectos que deben considerarse a la hora de valorar las opciones de préstamos disponibles. Sin embargo, uno de los elementos más relevantes en esta materia corresponde al análisis de las tasas de interés que disponen los diferentes oferentes.

1. ¿Qué son las tasas de interés?

Establecidas como el pago en dinero, expresado como porcentaje del monto total solicitado, que se realiza por el hecho de hacer uso de un crédito, las tasas de interés representan las ganancias de la entidad financiera que otorga el servicio.

Entre otras cosas, una de las funciones más significativas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones financieras (SBIF) es fiscalizar y regular las condiciones que ofrecen estas instituciones, en particular de las tasas de interés. Los dos principales mecanismos de regulación del mercado crediticio que son aplicados por este organismo gubernamental son la tasa de interés corriente y la máxima convencional.

2. Tasa de Interés Corriente (TIC)

Según lo establecido por la ley 18.010, que estipula las normas para las operaciones de crédito, la tasa de interés corriente corresponde al promedio de las tasas de interés de todas las operaciones efectuadas en un periodo de un mes, siendo calculada por la superintendencia correspondiente. En palabras sencillas, la TIC es el promedio, en regiones y Santiago, de todos los créditos ofrecidos.

3. Tasa Máxima Convencional (TMC)

De acuerdo a lo estipulado en la misma ley anteriormente señalada, la Tasa de interés Máxima Convencional es el nombre dado al límite máximo existente para las tasas de interés a nivel nacional. Este interés guarda directa relación con la TIC, pues se define en función de ella. Específicamente, la TMC estipula que ningún crédito puede registrar una tasa interés que exceda en más de un 50% el interés convencional valido al momento de la convención.

Cabe destacar que tanto la TMC como la TIC son calculadas mensualmente por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, siendo sus resultados publicados durante la primera quincena del mes siguiente en el diario oficial.

4. ¿En qué casos aplican estos límites?

La legislación actual solo estable 4 excepciones a la aplicación del TIC y el TMC en créditos de dinero, que corresponden a:

  • Créditos con entidad financieras extrajeras o internacionales.
  • Créditos en monedas extranjeras para operaciones de comercio exterior.
  • Operaciones en que el deudor del crédito sea un banco o sociedad financiera.
  • Créditos entre instituciones financieras y el Banco Central de Chile.

Entendiendo que solo estos casos están exentos de límites en sus tasas de interés, se deduce que el TMC aplica para todos los préstamos comunes en el mercado. Esto último implica que la Tasa de Interés Máxima Convencional es válida tanto para créditos de consumo, hipotecarios y comerciales.

5. ¿Cómo saber que Tasa de Interés será aplicada?

La recopilación actualizada de normas de la SBIF determina en su sección de información al público que las Tasas de Interés que serán aplicadas por las instituciones financieras, deben estar publicadas en pizarras claramente visibles en sus oficinas. Además, se estipula que las entidades que cuenten con una página web deben publicar las tasas que aplicarán también en aquel medio.

En resumen, la gran mayoría de las operaciones crediticias efectuadas en el país, incluyendo créditos hipotecarios y de consumo, están sujetas a la aplicación de las Tasas de Interés Corriente y Máxima Convencional, que protegen al consumidor ante posibles excesos en los montos cobrados producto de los prestamos.

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